El Fideicomiso es un instrumento para desaparecer el dinero público, es una aseveración que fue utilizada para satanizar distintos fideicomisos constituidos por entes públicos del Poder Ejecutivo y Judicial, lo que derivó a finales del año 2020, en la reforma y derogación de diversas leyes secundarias con la finalidad de extinguir diversos fideicomisos públicos.
Ahora en el mes de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, coloquialmente denominada por algunos como Ley antilavado, con esta reforma se incluye en el artículo 17 de la Ley, como actividades vulnerables; la constitución, escisión, fusión, operación y administración de fideicomisos, tratándose de prestación de servicios profesionales, de manera independiente; así como la constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles, con excepción de aquellos que se constituyan para garantizar un crédito a favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda, ante notario público; y los que se constituyan, modifiquen, o realice cesión de derechos de fideicomiso ante corredor público.
La adición de estas actividades responde a la Recomendación No. 25 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), titulada “Transferencia y beneficiario final” que en resumen dispone que los países deben prevenir el uso indebido de otras estructuras jurídicas para el lavado de activos o el financiamiento del terrorismo. Por lo que los países deben asegurar que exista información adecuada, precisa y oportuna sobre los fideicomisos, lo que incluye a sus partes fideicomitente, fiduciario, los beneficiarios, y el control por las instituciones financieras.
El contrato de fideicomiso es un producto financiero especializado utilizado como medio de pago, planeación patrimonial, administración, garantía, de inversión, inmobiliario, testamentario, entre otros más. En el que participa el fiduciante o fideicomitente que es la persona física o moral con patrimonio, personalidad propia y capacidad para transferir determinados bienes, derechos o recursos de su patrimonio con el propósito de que el fiduciario que son instituciones autorizadas entre los que tenemos instituciones de crédito, casas de bolsa y otros sujetos financieros, ejercen el mandato del fiduciante y cumplir con la finalidad determinada mediante la gestión de los bienes, derechos o recursos que conforman el patrimonio del fideicomiso, en beneficio del propio constituyente o de un tercero ya sea una persona física o moral, es decir, el fiduciante puede tener una doble función constituir el fideicomiso y ser el beneficiario esto es fideicomisario.
Transparencia es la palabra clave, el fideicomiso como instrumento financiero no fue diseñado o creado exprofeso para facilitar actos de corrupción, lavado de activos, fraudes u otro hecho ilícito. La transparencia fiduciaria implica conocer el origen de los recursos que conformaran el patrimonio fideicometido, el destino de estos, las instrucciones y operaciones realizadas, los resultados obtenidos, así como la plena identificación de las partes y los beneficiarios directos e indirectos.
El acceso a la información de los fideicomisos no debe entenderse exclusiva para los 163 fideicomisos públicos que hasta la fecha existen para la administración pública federal, y que a partir de la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y la constitución de “Transparencia para el Pueblo”, se transita a un nuevo paradigma de la transparencia, en donde el acceso se encuentra sujeto a nuevos criterios de acceso, pues el nuevo ente garante desde mayo del presente acumula un total de 2 mil 253 recursos de revisión interpuestos por ciudadanos que inconformes con la respuesta o la falta de esta por parte de los sujetos obligados de la Administración Pública Federal, promovieron este medio de defensa de los cuales se resolvieron 457, de estos el 99.6% fueron desechados[1].
En el caso de los fideicomisos en los que los fiduciarios son sujetos privados, bursátiles y bancarios, han sido de utilizados para fines de planificación patrimonial y protección de activos o para disimular los distintos lazos en el flujo de dinero relacionados con esquemas de lavado de dinero, entre otros delitos precedentes, aprovechando las estrictas normas de secretismo, sin embargo, se comienza a transitar regulaciones en las que desvelar la identidad del titular o beneficiario real de la propiedad en fideicomiso; conservar información básica por parte de los fiduciarios y proveedores de servicios para el fideicomiso; la presentación de avisos, así como la implementación de programas de cumplimiento para evitar su uso indebido de estos instrumentos financieros, ahora son obligaciones para las partes involucradas.
Es necesaria esta regulación, sí, desde el año 2018 la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) lanzó el Portal de Fraudes Financieros, en razón de que el fraude financiero en México se ha incrementado de manera importante, de tal forma que del año 2011 al 2018 se han registrado 30.8 millones de reclamaciones imputables a un posible fraude, y que para el año 2024 en México se sufrieron pérdidas por fraudes financieros por un monto cercano a los 14,500 millones de pesos, con un 40% de los fraudes reportados por suplantación de identidad y robo de datos bancarios como riesgos principales; y un 60% en otras conductas ilícitas, entre estas esquemas Ponzi instrumentalizados con contratos de fideicomiso, en las que distintas entidades públicas federales, estales y municipales, y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), se constituyen en víctimas.
Entre los casos expuestos en distintos medios de comunicación tenemos que miembros del SNTE denunciaron administración fraudulenta, por el retiro de alrededor de mil millones transferidos del Fideicomiso del Fondo de Retiro (FORTE), en el que aparentemente participaron funcionarios públicos, el Banco Santander, la dirigencia nacional del Sindicato y empresas fachadas. Además de fraudes bursátiles, como en el caso denunciado por la empresa Telra Realty, S.A.P.I. de C.V., en contra del Fideicomiso de Inversión en Bienes Raíces Fibra Uno (FUNO), por haber sobrevalorado su acción por 16 mil 066 millones de pesos en la bolsa de valores en México, a través de la especulación con Fibra Next. El fideicomiso es un instrumento flexible que bien empleado permite el cumplimiento de objetivos y atender necesidades, la identificación de vulnerabilidades, la gestión de riesgo y el conocimiento de la finalidad de cualquier negocio, y el papel del fiduciario para ello es fundamental, la implementación de sistemas preventivos sólidos permite contar con la trazabilidad documental necesaria para deslindar responsabilidades y proteger a las organizaciones y sus directivos.
[1] López Cruz, Antonio. Sucesor del INAI niega datos del gobierno en 99.6% de los casos. 2 de agosto de 2025. El Universal. https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sucesor-del-inai-niega-datos-del-gobierno-en-996-de-los-casos/




