México inicia revisión de la cuota antidumping a cierres metálicos de China: seguirá vigente mientras avanza el examen

La Secretaría de Economía abrió el examen de vigencia de la cuota a cierres metálicos de China. La medida seguirá vigente en 2026.

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México abrió el procedimiento para revisar si mantiene la cuota compensatoria (antidumping) aplicada a las importaciones de cierres de metal originarias de China, independientemente del país de procedencia. En términos prácticos, esta decisión importa por dos razones: afecta costos y planeación de compras para la industria textil y del calzado, y define el nivel de protección para productores nacionales de un insumo usado en prendas, mochilas, bolsas y artículos de marroquinería.

La cuota vigente proviene de una resolución definitiva publicada el 6 de enero de 2021, que impuso una medida de 7.07 dólares por kilogramo a las importaciones de cierres metálicos originarias de China. Con el paso del tiempo, estas medidas deben revisarse: si no se inicia un examen antes de que concluya el plazo, la cuota se elimina; si se abre el examen, la cuota continúa aplicándose mientras dure el procedimiento.

El proceso se activó tras una manifestación de interés presentada por un productor nacional, y se fijó como periodo de examen del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, con un periodo de análisis de 2021 a 2025. La mercancía involucrada se identifica, entre otras vías, por la fracción arancelaria 9607.11.01 de la TIGIE (con NICO 00), aunque la medida aplica también si entra por cualquier otra fracción.

Más allá de la cuota, el documento describe el entorno arancelario del producto: la fracción 9607.11.01 tiene un arancel general de 15%, con exenciones para países con tratados; además, se señalan tasas preferenciales para 2025 y 2026 en importaciones originarias de ciertos países, con porcentajes específicos para Vietnam y para economías como Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda, Perú y Singapur.

Qué cambia (y qué no) para 2026

  • No cambia que la cuota compensatoria sigue vigente mientras se desahoga el examen.
  • Sí cambia el calendario y la carga administrativa para quienes tengan interés jurídico: se abre una ventana formal para participar, presentar información y argumentar.

Plazos y participación

Productoras nacionales, importadoras, exportadoras y otros interesados cuentan con 28 días hábiles (a partir del día siguiente de la publicación) para acreditar interés jurídico y responder el formulario del procedimiento, acompañando argumentos y pruebas. La información puede presentarse por vía electrónica en el horario señalado o de forma física en el domicilio oficial indicado.

En lo económico, el examen pone sobre la mesa un tema sensible para cadenas de suministro: el equilibrio entre proteger producción nacional y evitar distorsiones de costos para empresas que dependen de estos insumos. El resultado del procedimiento será relevante para precios, inventarios y decisiones de compra en sectores que viven de márgenes ajustados y alta rotación de producto.

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