La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, dio a conocer que se evalúa modificar la fecha de la elección del Poder Judicial para trasladarla a 2028. La posibilidad se analiza con el objetivo de evitar que el proceso coincida con la consulta sobre revocación de mandato.
La mandataria expresó que el tema continúa en revisión y que existe la probabilidad de cambiar la elección al año 2028. Señaló que la propuesta sería enviada al Congreso para su definición.
La evaluación contempla los siguientes elementos centrales:
- Cambio de la elección del Poder Judicial al año 2028.
- Revisión interna previa a la formalización de la propuesta.
- Envío de la iniciativa como propuesta para definición del Congreso.
- Evitar el empalme con la consulta sobre revocación de mandato.
La decisión aún no se formaliza y se mantiene en etapa de análisis. El planteamiento parte del Ejecutivo federal y requiere la intervención del Congreso para su definición, lo que implica un proceso legislativo posterior.
Alcance institucional
El planteamiento involucra a dos poderes:
- El Poder Ejecutivo, que evalúa y, en su caso, remite la propuesta.
- El Congreso, que tendría la atribución de definir el cambio.
- El Poder Judicial, cuya elección sería objeto de modificación en su calendario.
La posible reprogramación responde a la coincidencia temporal entre dos mecanismos distintos: la elección del Poder Judicial y la consulta sobre revocación de mandato. La medida busca que ambos ejercicios no se realicen de manera simultánea.
El hecho de que la propuesta deba enviarse al Congreso para su definición establece una ruta institucional clara: cualquier modificación en la fecha dependerá de la deliberación y determinación legislativa. No se trata de una decisión unilateral en vigor, sino de una probabilidad en revisión.
Implicaciones institucionales
La eventual reprogramación tendría efectos directos en la organización del calendario electoral vinculado al Poder Judicial. Al evitar el empalme con la consulta de revocación de mandato, se separan dos procesos de naturaleza distinta dentro del mismo periodo político.
La coincidencia de ambos ejercicios implicaría una concurrencia de mecanismos de participación y elección en un mismo momento. La evaluación anunciada se centra en prevenir esa simultaneidad.
El traslado al año 2028 modificaría la temporalidad originalmente prevista para la elección judicial, en caso de que así se encontrara establecida, y requeriría la intervención del Congreso para su validación. La definición legislativa marcaría el curso formal del ajuste.
Ruta y próximos pasos
El proceso descrito contempla:
- Revisión en curso sobre la viabilidad del cambio.
- Eventual envío de la propuesta al Congreso.
- Definición legislativa respecto a la modificación de la fecha.
Hasta el momento, la propuesta permanece en etapa de evaluación. La determinación final dependerá de la discusión y resolución que adopte el Congreso en torno al planteamiento de trasladar la elección del Poder Judicial a 2028.



