Últimamente —de manera ilegal—, el país se ha visto tapizado por espectaculares y bardas que contienen la leyenda “que siga AMLO”. Esto sucede debido a que el 10 de abril, en nuestro país, se llevará a cabo la jornada electoral que someterá a consulta la revocación de mandato del Presidente de la República. Personalmente he decidido no participar, pero ¿qué es la Revocación de mandato? ¿Qué ley la fundamenta? Y ¿por qué he decidido no participar?
Durante el sexenio actual, se realizó una reforma al artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se incluye a las y los mexicanos el derecho a “Participar en los procesos de revocación de mandato”. El párrafo IX del mismo artículo observa las disposiciones legales en las que se basa la organización y ejecución de esta herramienta “democrática”.
El mismo párrafo indica que solo será vinculante si tiene una participación mínima del 40% de las personas inscritas en la lista nominal. Esto quiere decir que se decidirá si el Presidente concluye su sexenio o no dependiendo de los resultados de la jornada, y si y solo si, participa más del 40% de las personas inscritas para votar.
Aunque para muchas personas esto pudiera parecer una excelente idea —considerando que se podría remover del cargo al Presidente que ha logrado hundir al país en la peor crisis social, económica y política de los últimos 30 años— en lo personal me parece un ejercicio peligroso por varios motivos.
El más preocupante, que vale la pena mencionar y resulta ser el argumento más atacado por los simpatizantes del Presidente, es el mencionar que en Venezuela, la revocación de mandato promovida por Hugo Chávez, sentó los precedentes legales que permitieron su reelección. En palabras simples, si permites que se pregunte a la población si quieren que se remueva al titular del Ejecutivo, también se abre la puerta a que se pregunte si quieren que repita cuando finalice su término legal.
Constitucionalmente hablando, en el artículo 83 se menciona que el cargo de Presidente durará 6 años y este no podrá reelegirse, sin embargo, existen inconsistencias jurídicas al mencionar en otros artículos —reformados discrecionalmente por Morena— que este período se puede reducir, por lo que no me sorprendería que con una mayoría en el Congreso, Morena reforme la ley a su conveniencia.
De igual forma, en la nueva versión del artículo 84, se establece que en caso de que la revocación aplique, el cargo de Presidente será ocupado por el Presidente del Congreso durante 30 días, hasta que el Congreso nombre un Presidente que concluiría el sexenio.
En un país en el que existe una mayoría morenista —si es que se logra revocar el mandato al Presidente— lo más seguro es que la o el nuevo titular del Poder Ejecutivo sea de corte Morenista, por lo que los argumentos que sostienen grupos de oposición como Frena de “detener la destrucción de México” solamente sería en lo formal, pues en la práctica, Andrés Manuel gobernaría a través de Morena.
Otra alternativa de narrativa sería que la mayoría morenista podría argumentar que el Presidente debe concluir su período basándose en el artículo 83, por lo que seguiría siendo Presidente a pesar de todo. Considerando lo anterior, el participar en la consulta le concede una victoria a López. Incluso si gana el Presidente, podrá presumir que su popularidad sigue en pie, legitimando sus acciones y apoyando a Morena a ganar más espacios en las siguientes elecciones estatales.
Es por eso que yo invito a que no participen, ni si quiera anulando el voto. Si no participas, no lo ayudas a que pueda buscar la reelección, tampoco le concedes el que sea exitoso un capricho para fortalecer a Morena. Sin embargo, si no es vinculante, si se abre la puerta para que culpe al INE por su derrota. En ese caso, defendamos con orgullo al INE.