La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que todo contenido generado por inteligencia artificial (IA) carece de protección bajo la Ley Federal del Derecho de Autor y, por tanto, pertenece al dominio público. El fallo, emitido el 3 de julio, establece un precedente clave en el uso, distribución y propiedad intelectual de obras no creadas directamente por seres humanos.
El criterio de la Corte se basa en el principio de que los derechos de autor solo pueden proteger obras con paternidad humana. Según los ministros, las producciones derivadas exclusivamente de algoritmos no cumplen con este requisito, lo que las excluye de cualquier reclamación sobre propiedad intelectual. En consecuencia, cualquier persona podrá usar, reproducir o comercializar estos contenidos sin temor a incurrir en infracciones legales.
La decisión ha generado reacciones mixtas. Mientras que sectores académicos y tecnológicos celebran la claridad jurídica y el impulso a la innovación, otros advierten sobre las posibles consecuencias para la protección de modelos de negocio basados en herramientas de IA. También se abre una discusión sobre los límites de la creatividad artificial y su valor cultural, así como sobre la responsabilidad legal en casos de plagio, desinformación o daño reputacional.
Aunque el fallo alinea a México con tendencias internacionales emergentes, también deja áreas grises, como la autoría compartida entre humanos y sistemas automatizados, y el posible incentivo a contenidos masivos y descontextualizados. El debate apenas comienza, y requerirá reformas legales y éticas más amplias para mantener el equilibrio entre innovación, equidad y derechos digitales.