El Senado de la República aprobó este 15 de octubre, con 83 votos a favor y 38 en contra, la versión final de la reforma a la Ley de Amparo, junto con ajustes al Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La minuta, ya revisada y modificada, fue remitida al Ejecutivo para su promulgación.
La reforma fue considerada de “urgente resolución” por legisladores del bloque oficialista, que impulsó su discusión directa en el pleno sin pasar por comisiones. Uno de los puntos más controvertidos es el Artículo Tercero transitorio, cuya redacción establece que las etapas concluidas en juicios en trámite se regirán por las leyes vigentes al inicio del proceso, mientras que los actos posteriores estarán sujetos al nuevo decreto.
Para la oposición (PAN, PRI y MC), esta modificación no elimina el riesgo de retroactividad disfrazada. Señalan que el ajuste al transitorio representa una estrategia para aplicar la reforma a litigios ya iniciados, lo que limitaría las posibilidades de defensa de los ciudadanos ante autoridades.
Desde Coparmex, su líder Juan José Sierra advirtió que la reforma debilita la certeza jurídica y puede perjudicar la competitividad en un contexto donde México compite por atraer inversión extranjera, especialmente en los términos del T-MEC. En su evaluación, la reforma podría permitir embargos y bloqueos fiscales antes de que un juez determine si la autoridad actuó conforme al derecho.
Aunque el Senado aprobó el dictamen, muchas de las modificaciones provinieron de la Cámara de Diputados. En particular, esas reservas trataron de contener la retroactividad efectiva, aunque la oposición considera que los cambios formales no son suficientes. Así, el endurecimiento del amparo deriva ahora en una pugna entre el propósito recaudatorio del Estado y las garantías fundamentales de los ciudadanos.







