2 de octubre de 2026

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SCJN retoma el caso Xcaret por uso de símbolos mayas

La Suprema Corte reasumió este jueves el litigio entre Grupo Xcaret y representantes del pueblo maya por el uso comercial de elementos de su patrimonio cultural. El Pleno analizará ahora una cuestión pendiente sobre representación y consentimiento comunitario.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación retomó este jueves el litigio entre Grupo Xcaret y representantes del pueblo maya por el uso comercial de elementos de su patrimonio cultural. Por mayoría de votos, el Pleno decidió reasumir la competencia sobre el amparo en revisión 245/2026 para analizar quién puede autorizar el aprovechamiento comercial de expresiones que pertenecen a un pueblo indígena.

El expediente se encontraba en el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. La decisión de la Corte no resuelve todavía si Xcaret puede utilizar los elementos culturales cuestionados. El punto que deberá estudiarse es si el acuerdo celebrado entre la empresa y el Gran Consejo Maya de Quintana Roo basta para autorizar ese uso o si era necesario consultar y obtener el consentimiento de las comunidades involucradas.

El conflicto comenzó en junio de 2022, cuando integrantes del pueblo maya acudieron al Instituto Nacional del Derecho de Autor para denunciar el presunto uso indebido de elementos de su patrimonio cultural. Meses después, el Indautor ordenó retirar materiales promocionales y detener la comercialización de productos o servicios relacionados con la cosmogonía maya como medida precautoria.

El acuerdo con Xcaret no cerró la disputa

Durante el procedimiento, Grupo Xcaret celebró un “contrato de transición” con el Gran Consejo Maya de Quintana Roo que establecía condiciones para utilizar determinada simbología maya. El acuerdo permitió que algunos promoventes se desistieran del litigio, pero otros decidieron continuar con la vía judicial.

Ahí se encuentra una de las preguntas que ahora deberá resolver la Corte. El caso no se limita a determinar si existió un acuerdo entre Xcaret y una representación del pueblo maya, sino a establecer si esa representación tenía facultades suficientes para autorizar el aprovechamiento de un patrimonio que pertenece colectivamente a comunidades con distintas formas de organización.

El ministro Irving Espinosa Betanzos sostuvo durante la sesión que el expediente tiene interés y trascendencia porque obliga a analizar la titularidad y legitimación para autorizar el uso del patrimonio cultural indígena. El pueblo maya está integrado por múltiples comunidades y autoridades, por lo que la representación de una parte no necesariamente resuelve la posición del conjunto.

El caso ya había llegado a la Suprema Corte este año, aunque entonces el Pleno no analizó el fondo. En marzo, siete ministros revocaron la suspensión definitiva que permitía a Xcaret continuar utilizando elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad mientras avanzaba el litigio. Con esa resolución recuperaron efectos las medidas precautorias dictadas previamente por el Indautor.

La Corte vuelve al fondo del patrimonio cultural

El máximo tribunal tendrá que analizar las cuestiones constitucionales planteadas en el amparo y determinar qué condiciones deben cumplirse cuando una empresa pretende utilizar comercialmente elementos vinculados con la identidad cultural de un pueblo indígena.

La controversia también involucra los derechos colectivos de las comunidades. El punto central será establecer si un acuerdo celebrado con una representación indígena puede ser suficiente para autorizar ese aprovechamiento o si las comunidades directamente vinculadas deben participar en la decisión.

La resolución podría trascender el caso de Xcaret porque el criterio que establezca la Corte puede utilizarse en futuros conflictos relacionados con símbolos, conocimientos, prácticas y otras expresiones culturales de pueblos originarios. El alcance de la decisión rebasaría la publicidad de una empresa turística.

Por ahora, la reasunción de competencia solamente devuelve el expediente al Pleno para que estudie el fondo. No existe todavía una determinación definitiva sobre la autorización del uso de los elementos culturales cuestionados.

El litigio que comenzó hace cuatro años vuelve así al máximo tribunal con una pregunta pendiente: quién puede decidir sobre el uso comercial de un patrimonio que las comunidades mayas consideran colectivo. La respuesta de la Corte definirá el alcance de esa representación y las condiciones bajo las cuales el patrimonio cultural indígena puede ser utilizado con fines comerciales.

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