Hace un par de semanas tuiteé esto: “La primera condición que debe cumplirse para que se respeten las leyes es que sean respetables y, para que lo sean, la primera condición que debe cumplirse es que no sean contrarias a les leyes naturales. Esto, sobre todo, en economía”, con lo cual doy por hecho que en economía hay leyes naturales, anteriores y superiores al ser humano. Anteriores: no fueron hechas por el ser humano. Superiores: no pueden violarse impunemente.
Un buen ejemplo de estas leyes naturales es la Ley de la Utilidad Marginal Decreciente: conforme consumimos unidades adicionales de un satisfactor, cada unidad adicional nos reporta una utilidad menor que la anterior. Esta ley, que hace referencia a la capacidad que tenemos para satisfacer totalmente, aunque no definitivamente, nuestras necesidades, describe cómo actuamos los consumidores, no prescribe cómo debemos actuar.
Además de naturales, en economía hay leyes positivas, posteriores e inferiores al ser humano. Posteriores: son hechas por el ser humano. Inferiores: sí pueden violarse impunemente.
¿Qué sucede cuando se promulgan leyes positivas, contrarias a las naturales? Lo primero que sucede es que esas leyes son incumplibles, no porque no se quieran cumplir, sino porque no pueden cumplirse y, en muchos casos, porque no deben cumplirse.
Supongamos que, en apoyo a la industria del taco al pastor, se promulga la Ley de Apoyo a la Industria del Taco al Pastor, que obliga a todos los mexicanos a comer cincuenta tacos al día, con la muy noble intención de apoyar a la industria del taco al pastor, pero con el muy previsible resultado de su incumplimiento.
Si fuera el caso, ¿cuál ley acabaría cumpliéndose: la Ley de Apoyo a la Industria del Taco al Pastor, ley positiva, o la Ley de la Utilidad Marginal Decreciente, ley natural? Sin duda que la segunda, por lo cual se incumpliría la primera, que resulta incumplible porque va en contra de una ley natural. Y las leyes naturales pueden más que las positivas. ¿Quién podría comerse, diariamente, cincuenta tacos al pastor? Para la gran mayoría, mucho antes de llegar al taco cincuenta, la utilidad marginal habría llegado a cero, es decir, mucho antes de llegar al taco cincuenta habría quedado satisfecha, razón por la cual no comería más, al menos que se la obligara.
El ejemplo anterior, fantasioso, aclara lo que sucede cuando, sobre todo en el mundo de la economía, se promulgan leyes positivas contrarias a las naturales. Y lo que sucede es que esas leyes resultan irrespetables, no porque no se quiera respetarlas, sino porque no se puede.
Si el ejemplo anterior es fantasioso, ¡y lo es!, deja de serlo cuando lo que el gobierno hace es imponer precios máximos, por arriba de los cuales ningún productor debe ofrecer, Ley de Precios Máximos, ley positiva, que contradice a la Ley de la Oferta y la Demanda, ley natural, algo que se propone en la Constitución, en cuyo artículo 28, párrafo tercero, leemos que “las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular”, leyes para fijar precios máximos que serían leyes positivas, en este caso contrarias a las leyes naturales de la oferta y la demanda, que acaban imponiéndose sobre la ley positiva, haciéndola irrespetable.
¿Cuántas de las leyes positivas, del marco jurídico de la economía mexicana, son contrarias a las leyes naturales de la economía, impidiendo un mejor desempeño de nuestras actividades económicas, desde la producción hasta el consumo? Insisto en lo dicho: “La primera condición que debe cumplirse para que se respeten las leyes es que sean respetables y, para que lo sean, la primera condición que debe cumplirse es que no sean contrarias a les leyes naturales. Esto, sobre todo, en economía”.