Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó el límite a las comisiones cobradas por las 10 Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), impuesto por el Congreso a través de una reforma en 2020.
Hace cuatro años, se llevaron a cabo modificaciones a las Leyes del Seguro Social y del Sistema de Ahorro para el Retiro con el fin de ajustar diversos aspectos relacionados con las Afores. Entre los cambios aprobados por el Congreso estaba el establecimiento de un tope para las comisiones a partir de 2022.
El límite fijado en la reforma se calcula tomando como referencia el promedio de las comisiones cobradas en los sistemas de pensiones de Estados Unidos, Chile y Colombia. Para el año en curso, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) estableció el tope en 0.57% sobre los saldos administrados en las cuentas de los trabajadores.
Antes de la entrada en vigor de la reforma de 2020, en diciembre de 2021, las Afores aplicaban una comisión promedio del 0.81%. Sin embargo, en años anteriores, como 2008, esta tasa promedio llegó a ser del 2.0%, según datos históricos de la Consar.
Con un voto en contra, la segunda sala de la Suprema Corte determinó la constitucionalidad de la reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, confirmando que el Congreso tiene la facultad de legislar en esta materia. Así, se desestimó un amparo concedido previamente a Afore Sura contra los límites a las comisiones.
Además de Sura, otras Afores como Azteca y Coppel también habían interpuesto recursos contra los límites a las tasas de comisión. En un comunicado, Afore Sura explicó que su amparo no iba en contra de la reducción de las comisiones, sino que cuestionaba la metodología utilizada para calcular el tope. Argumentaron que esta metodología, basada en el comportamiento de las comisiones en Estados Unidos, Colombia y Chile, no refleja la realidad del sistema de pensiones mexicano.
En el proyecto aprobado por la segunda sala, dirigido por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, se estableció que el uso de un parámetro internacional para las comisiones de las Afores no implica la imposición de normas extranjeras en México, sino que simplemente sirve para establecer un límite máximo para estas tarifas.
De las 10 Afores en el país, nueve aplicarán una comisión del 0.57% durante 2024. Afore Coppel, por su parte, cobrará una tasa ligeramente menor, del 0.566%.
Con información de El Economista | Nota original