La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió recientemente que organizaciones que pretenden transformarse en partido político no están facultadas para recibir donaciones en línea mediante tarjetas de crédito o débito, ni por medio de aplicaciones como CLIP. Esta decisión corresponde a un recurso promovido por la agrupación Somos México, que fue rechazada al argumentarse que el mecanismo no garantiza el origen real de los recursos.
El tribunal consideró que el Instituto Nacional Electoral (INE) fue correcto al prohibir este esquema, debido a que los datos que introducirían los donantes no pueden verificarse de forma confiable, lo cual compromete la fiscalización. En su defensa, Somos México señaló que su sistema estaría diseñado para asegurar la trazabilidad de las aportaciones, pero esa pretensión fue descartada por carecer de fundamentos técnicos convincentes.
Este fallo reafirma una línea normativa previa, pues el tribunal ha penalizado procedimientos semejantes en procesos de creación de partidos por considerarlos un riesgo para la transparencia electoral. Más allá de la legalidad formal, la decisión revela una tensión estructural: los nuevos actores políticos quedan sometidos a mecanismos de financiamiento más rígidos, lo que puede favorecer a partidos ya establecidos con mayores canales tradicionales. Además, el caso cuestiona hasta qué punto la innovación tecnológica en mecanismos de aportación ciudadana es viable dentro del marco normativo vigente.