La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que carece de competencia para conocer la impugnación presentada por la consejera Claudia Zavala contra el procedimiento de responsabilidad administrativa iniciado por el Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE).
El núcleo del conflicto remite a la votación de diciembre 2021 en el Consejo General del INE que, con el apoyo de Zavala y otros consejeros, pospuso la organización de la consulta de revocación de mandato, ante falta de presupuesto. La OIC reabrió el expediente para investigar posibles faltas administrativas graves atribuibles a las consejerías involucradas.
Al estudiar el recurso, el magistrado ponente Felipe Fuentes Barrera concluyó que el caso no versa sobre materia electoral sino sobre responsabilidades administrativas, por lo que el TEPJF no debe intervenir. Entre tanto, las magistradas Mónica Soto Fregoso y Janine Otálora Malassis discreparon, aduciendo que la conexión entre los hechos y un proceso electoral obligaba a que la Sala analizara el fondo, de modo que no se pusiera en riesgo la autonomía de los consejeros electorales.
Desde un enfoque crítico, la resolución suscita preocupaciones: al declinar evaluar el fondo del asunto, el TEPJF abre la puerta a que decisiones de autoridades electorales puedan verse sujetas a investigaciones administrativas sin revisión jurisdiccional propia del ámbito electoral. Esto puede afectar la garantía de independencia de los órganos electorales, un pilar del sistema democrático.







