a Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó declarar “inexistentes” las infracciones que el INE había impuesto a varios aspirantes a cargos en el Poder Judicial, por su aparición en los denominados “acordeones” —listas físicas o digitales supuestamente distribuidas como propaganda en la elección judicial.
El argumento central del Tribunal fue que el INE no logró acreditar de manera convincente que los denunciados hubieran elaborado, producido o distribuido la propaganda, ni que la hubieran utilizado para inducir el voto. Tampoco se acreditó modo, tiempo y lugar de difusión, ni coacción al electorado, por lo que se descartó que esos materiales representaran un beneficio indebido.
Asimismo, fueron absueltos candidatos cuyos expedientes incluían multas por supuestas irregularidades en gastos de campaña vinculadas con esta elección.
El fallo reaviva el debate sobre la investigación de la llamada Operación Acordeón. Mientras algunos magistrados estiman que la prueba era insuficiente para sancionar, otros critican que esta resolución deja “puertas abiertas” para prácticas irregulares no documentadas y subraya la necesidad de fortalecer los mecanismos de fiscalización electoral.



