22 de septiembre de 2026

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SCJN analiza reactivar pruebas contra Emilio Lozoya por Odebrecht

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó atraer el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la República (FGR) para revisar la exclusión de pruebas financieras entregadas por autoridades de Suiza dentro del proceso penal contra Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), relacionado con el caso Odebrecht. La controversia permanece limitada al tratamiento procesal de esa evidencia financiera.

El caso llegó a la Corte después de que un juez federal excluyera, en junio de 2024, determinados documentos financieros enviados desde Suiza. La decisión consideró que la Fiscalía debió obtener previamente una autorización judicial en México para solicitar esa información. La FGR impugnó el fallo y sostuvo que los documentos fueron obtenidos mediante el Tratado de Asistencia Jurídica en Materia Penal entre México y la Confederación Suiza.

Con ese argumento, busca que la SCJN determine si la información financiera podía incorporarse al proceso sin un control judicial adicional.

La controversia, por tanto, no se centra todavía en el contenido de las pruebas, sino en la forma en que fueron obtenidas e incorporadas al procedimiento. La Corte deberá establecer si la legislación mexicana exigía una autorización judicial previa y, a partir de ello, si los documentos pueden volver al expediente. Esa definición será necesaria antes de determinar qué valor podrían tener dentro del proceso penal.

El origen de la disputa judicial

La solicitud para que la Suprema Corte ejerciera su facultad de atracción fue presentada a principios de agosto por la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos de la Fiscalía. Con la decisión del Pleno, el expediente será turnado a una ponencia para elaborar el proyecto de resolución que posteriormente deberá ser discutido y votado.

Los documentos financieros forman parte de la información obtenida mediante cooperación entre autoridades mexicanas y suizas y que la Fiscalía ha buscado utilizar dentro de la investigación relacionada con Odebrecht. Su exclusión en 2024 impidió que fueran considerados en la etapa de juicio oral, por lo que la apelación pretende modificar esa situación.

La respuesta de la Corte deberá considerar tanto las reglas del procedimiento penal mexicano como los términos del acuerdo internacional utilizado para obtener los documentos. En particular, tendrá que definir qué alcance tiene la cooperación jurídica internacional cuando la información recibida corresponde a movimientos o registros financieros que pueden utilizarse como evidencia.

El expediente vuelve así al máximo tribunal por una discusión sobre las condiciones de admisibilidad de la prueba, antes de que pueda determinarse qué efectos tendría su eventual reincorporación al proceso.

Lo que está en juego para el expediente Odebrecht

El proceso contra Lozoya incluye acusaciones relacionadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa vinculadas con el caso Odebrecht. La discusión sobre los documentos provenientes de Suiza se refiere a su admisibilidad como evidencia y no constituye una declaración de culpabilidad.

La atracción tampoco significa que la Corte haya considerado válidas las pruebas. Antes de resolver, el tribunal deberá analizar los argumentos de la Fiscalía y de las demás partes, así como el alcance del tratado internacional y las reglas procesales aplicables.

El punto será determinar si la exclusión ordenada en 2024 fue jurídicamente correcta. Si la Corte concluye que la información cumplió los requisitos para incorporarse al procedimiento, los documentos podrían regresar al expediente; si mantiene el criterio de exclusión, permanecerían fuera de la etapa de juicio.

La resolución también puede fijar un criterio para futuros casos en los que autoridades mexicanas utilicen información bancaria o financiera obtenida mediante cooperación internacional. Por ahora, las pruebas permanecen fuera del proceso y sujetas a revisión judicial.

El siguiente paso será la elaboración del proyecto de sentencia y su posterior discusión en el Pleno. Hasta que exista una resolución, la atracción únicamente abre la revisión del conflicto procesal y no modifica por sí misma la situación jurídica de Lozoya ni determina el valor definitivo de la evidencia financiera.

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