OEste 13 de marzo entraron en vigor las reformas a la Ley de Amparo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, que introducen cambios importantes en el proceso del juicio de amparo en México. Entre los ajustes más relevantes, se encuentra la modificación en la procedencia del amparo, permitiendo que dos o más personas puedan promoverlo de manera conjunta cuando exista una afectación común a sus derechos. Además, se refuerza el papel del Ministerio Público en la defensa de los derechos colectivos.
Una de las principales novedades es la digitalización de los expedientes de amparo, lo que permitirá presentar escritos de forma electrónica, utilizando la firma electrónica. Estas reformas también otorgan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) más facultades para atraer casos de amparo directo que considere de interés y trascendencia nacional. Además, se priorizarán los casos que involucren a grupos en situación de vulnerabilidad.
Otro de los cambios significativos es la restricción en el uso de la suspensión del acto reclamado, lo que significa que las leyes impugnadas podrían seguir en vigor mientras se resuelve el juicio. Asimismo, se establecen nuevas reglas para impugnar leyes generales, limitando su aplicación solo a aquellos casos en los que se demuestre un perjuicio directo. En cuanto a las decisiones de la SCJN, se requiere que al menos seis de sus jueces voten a favor para que una resolución sea vinculante para las autoridades federales y estatales.
Con estas modificaciones, también se establece que la Corte podrá declarar la improcedencia de amparos relacionados con reformas estructurales. Estas reformas entran en vigor inmediatamente, pero el Poder Judicial tiene 90 días para adaptar sus procedimientos internos a las nuevas disposiciones.