Las protestas en Colombia del 14 de octubre se desarrollaron en medio de las críticas de organizaciones sociales al Gobierno de Abelardo de la Espriella por el nuevo protocolo policial para atender manifestaciones públicas. La controversia se centra en el Decreto 1525, expedido el 13 de octubre, que modifica las reglas de diálogo, mediación e intervención de las autoridades ante hechos violentos y bloqueos viales.
La jornada coincidió con la Cumbre Indígena y Movilización Social por la Vida, organizada en el territorio ancestral de Kwet Kina, en Sa’t Tama Kiwe, Cauca. El Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) convocó este encuentro entre el 11 y el 14 de octubre para construir una agenda común sobre derechos humanos, autonomía territorial, paz y defensa de los derechos colectivos.
En un pronunciamiento publicado el 14 de octubre, las comunidades y organizaciones participantes cuestionaron las políticas del Ejecutivo y denunciaron intentos de estigmatización contra los movimientos sociales. El documento también rechazó las iniciativas gubernamentales que, a juicio de sus firmantes, podrían debilitar la autonomía de los pueblos indígenas y sus formas de organización.
El CRIC dirigió un mensaje al presidente De la Espriella en el que lo convocó a privilegiar el diálogo frente al uso de la fuerza y a establecer conversaciones sin estigmatizaciones. Estas afirmaciones corresponden a la posición de la organización y no constituyen, por sí solas, una comprobación independiente de actos de intimidación por parte de las autoridades.
El conflicto se intensificó con la expedición del Decreto 1525, mediante el cual el Ministerio del Interior y el Gobierno modificaron disposiciones del Decreto 003 de 2021. Según la explicación oficial de la Presidencia, uno de los cambios centrales permite que la Policía intervenga contra los responsables de hechos violentos sin esperar a que concluya el diálogo con el conjunto de los manifestantes.
El Ejecutivo sostiene que la norma busca garantizar el derecho a la protesta pacífica y regular el uso legítimo de la fuerza. El presidente afirmó que las manifestaciones deben respetarse, pero que la violencia no será tolerada. La posición gubernamental establece así una distinción entre el ejercicio pacífico de la protesta y las conductas que pueden motivar una actuación policial.
El nuevo protocolo contempla cinco niveles de actuación institucional: facilitación y prevención, diálogo directo, mediación y coordinación entre autoridades, disuasión y restablecimiento del orden mediante unidades policiales especializadas. La normativa establece que el paso de un nivel a otro debe justificarse cuando la intervención anterior resulte ineficaz y quedar registrado en el acta del Puesto de Mando Unificado.
La regulación también aborda los bloqueos prolongados de accesos a instalaciones industriales, comerciales y de servicios. En esos casos, las autoridades deben evaluar las consecuencias sobre la movilidad de los trabajadores, el suministro de alimentos y medicamentos y la continuidad de los servicios esenciales. Asimismo, contempla corredores solidarios para facilitar el tránsito de ambulancias, personal médico, organismos de socorro y bienes indispensables.
Antes de las movilizaciones, el presidente del Congreso, Honorio Henríquez, había llamado a ejercer el derecho a la protesta de manera pacífica y a respetar los derechos de otros ciudadanos. En su pronunciamiento del 13 de octubre, el senador defendió la libertad de expresar inconformidades y rechazó los actos de violencia que puedan afectar la convivencia.
La controversia plantea dos posiciones documentadas: el Gobierno defiende la modificación del protocolo como una herramienta para regular la intervención policial, mientras que el CRIC advierte sobre posibles efectos en el ejercicio de la protesta y la autonomía de las organizaciones sociales. La denuncia de estas últimas debe distinguirse de la existencia de una infracción legal acreditada.
Hasta el momento, las fuentes oficiales consultadas no ofrecen un balance nacional consolidado de personas detenidas, lesionadas o incidentes registrados durante la jornada del 14 de octubre. Tampoco permiten confirmar de manera independiente las acusaciones específicas de intimidación. El alcance de la controversia queda vinculado tanto a la aplicación del Decreto 1525 como a las garantías para el ejercicio de la protesta pacífica.



