5 de febrero de 2025 12:05 pm
OPINIÓN

La Constitución de 1917 y la Supremacía Constitucional (parte 2)

La tensión se originó cuando el expresidente consideró que no debía haber una disparidad entre sus ingresos y los de la titular del Poder Judicial. Aprovechando la corrupción que se percibía en la Corte y el Consejo de la Judicatura...

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Un poco de teoría constitucional es útil para entender el contexto de esta reforma. La división de poderes, adoptada en México y en la mayoría de los sistemas democráticos, se estableció para mantener un equilibrio entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En caso de conflicto, el Poder Judicial debería actuar como contrapeso entre los otros dos. No obstante, el conflicto actual afecta directamente al Poder Judicial, al intentar subordinarlo al Legislativo y al Ejecutivo.

La tensión se originó cuando el expresidente consideró que no debía haber una disparidad entre sus ingresos y los de la titular del Poder Judicial. Aprovechando la corrupción que se percibía en la Corte y el Consejo de la Judicatura, impulsó reformas que buscaban someter al Poder Judicial, promoviendo un sistema de selección controlado desde el Ejecutivo. Esta situación representa una amenaza a la autonomía judicial y conduce a una peligrosa concentración de poder.

Es importante recordar que una democracia implica el respeto a la voluntad de la mayoría, pero no significa el control absoluto de un solo grupo. A lo largo de la historia, los gobiernos de partido único han dejado de ser democráticos para convertirse en regímenes autárquicos o autoritarios. Parafraseando a Yuval Noah Harari: “La democracia no significa el gobierno de la mayoría”.

La Supremacía Constitucional está en vigor desde hace décadas y ha sido objeto de más de 600 reformas. La Constitución es un documento fundamental que, además de su texto, debe interpretarse para encontrar los valores que protege, en consonancia con la realidad social. La Suprema Corte es el órgano encargado de dictar sentencias y resolver litigios en su competencia de juicios de amparo y controversias constitucionales.

En el supuesto de que se busque hacer creer al pueblo que la justicia que se ofrece actualmente no es suficiente, cabe señalar que las leyes deben adaptarse a los cambios sociales y tecnológicos. Sin embargo, dichas adaptaciones no deberían destruir las instituciones que sostienen el orden democrático, como parece ser el caso en este contexto. El Poder Judicial es parte fundamental de la división de poderes, una estructura que se preserva en la mayoría de los sistemas de gobierno democráticos. La crisis democrática que enfrenta México pone en riesgo este principio.

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