El proyecto Amigo LNG, una terminal de licuefacción y almacenamiento de gas natural prevista en Guaymas, Sonora, permanece detenido por resoluciones judiciales que impiden iniciar obras mientras se revisa la legalidad de su autorización ambiental. El conflicto se intensificó después de que organizaciones ambientales cuestionaran el acceso a la información y la consulta pública. Esta semana, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) anunció que impugnará la resolución que dejó sin efectos habilitantes el permiso para construir.
La disputa no significa que la terminal haya sido cancelada. El juzgado debe resolver el fondo del amparo y, mientras tanto, las medidas cautelares mantienen frenadas las obras. La ASEA sostiene que emitió la autorización antes de las suspensiones iniciales; Nuestro Futuro A.C. y otras organizaciones cuestionan cómo se evaluaron los impactos y cómo se informó al tribunal sobre el permiso.
Amigo LNG busca recibir gas natural, licuarlo, almacenarlo y embarcarlo en buques metaneros para exportarlo. Sus promotores presentan la terminal como infraestructura energética y portuaria; las organizaciones opositoras advierten de posibles efectos sobre el Golfo de California, como ruido submarino, tránsito de embarcaciones y riesgos para la fauna marina.
Una autorización rodeada de controversia
La ASEA informó que emitió la autorización de impacto ambiental el 13 de abril de 2026 y la notificó al promovente al día siguiente. La evaluación había comenzado con una solicitud presentada en noviembre de 2025, y la consulta pública se abrió en febrero de 2026. Según la agencia, recibió 4 mil 804 promociones electrónicas y revisó observaciones y opiniones de otras autoridades antes de resolver.
La dependencia señaló que el permiso incluyó condicionantes: restricciones temporales para determinadas obras en la zona marina, un límite de 60 arribos anuales de buques metaneros y programas de monitoreo de mamíferos marinos y otras especies.
Nuestro Futuro A.C., con apoyo de Artículo 19, promovió un amparo por presuntas deficiencias en el acceso a información ambiental y en la consulta. La organización sostiene que los documentos disponibles no permitían valorar integralmente los riesgos. Esos señalamientos corresponden a la parte promovente y aún deben resolverse judicialmente.
La cronología es uno de los puntos sensibles. La ASEA informó al juzgado en mayo que no había otorgado autorización ambiental; después explicó que el permiso sí se había emitido en abril, antes de las suspensiones de mayo, y que fue incorporado posteriormente al litigio. La autorización fue impugnada mediante una ampliación de la demanda y, en septiembre, un juez concedió otra suspensión definitiva que impide iniciar obras mientras continúa el juicio.
La suspensión sigue vigente y la disputa continúa
El 20 de octubre, la ASEA anunció que recurrirá la resolución judicial. La dependencia argumenta que existen decisiones previas que respaldan su actuación y que la consulta pública había concluido antes de dictarse las medidas cautelares. La impugnación no levanta automáticamente la suspensión: el proyecto no puede comenzar su construcción mientras siga vigente la orden.
La medida tampoco equivale a una sentencia definitiva que declare ilegal el permiso o cancele la terminal. Su efecto es mantener detenidas las obras mientras se examinan los argumentos de las partes y se evita que la construcción provoque cambios materiales antes de la resolución.
El siguiente paso depende del Poder Judicial. Los jueces deberán valorar el procedimiento de evaluación, la información disponible para el público y la forma en que se tramitó la autorización. También será relevante conocer el alcance de las condicionantes y los estudios técnicos que sustentan la evaluación de los impactos sobre la biodiversidad y las rutas marítimas.
El caso enfrenta la promoción de inversiones energéticas con las obligaciones de transparencia, participación pública y protección ambiental. Hasta que exista una resolución firme, Amigo LNG conserva una autorización cuestionada judicialmente, pero no puede iniciar obras. La decisión deberá establecer si el procedimiento se ajustó a derecho y qué condiciones permitirían avanzar sin vulnerar la medida cautelar ni los requisitos ambientales.



