26 de julio de 2024 10:15 pm
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OPINIÓN

La defensa mexicana en el panel del maíz

Será muy importante la audiencia programada para la última semana de junio, donde organismos privados presentarán su postura, criticarán la de los países involucrados y donde pueden surgir nuevos argumentos...

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Por Jorge Molina Larrondo


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Luego de que el panel para determinar la queja de Estados Unidos sobre el decreto del 13 de febrero del 2023 del gobierno mexicano para detener la importación de maíz transgénico se estableció el pasado mes de octubre, yo le comentaba en este espacio que los tres árbitros escogidos para el caso -el abogado mexicano Hugo Perecano, la experta en arbitraje internacional de Estados Unidos Jean Kalicki y el suizo Christian Haberli- habrían de analizar dos grandes temas: las razones por las que México no proporcionó la evidencia científica que sustenta al decreto, de acuerdo al artículo seis del capítulo nueve del TMEC sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, y si acaso la restricción para importar maíz transgénico representa alguna discriminación, de acuerdo al artículo once del capítulo dos del tratado.

Antes de que la oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) solicitara la creación del pánel en agosto del año pasado, las autoridades estadounidenses solicitaron a lo largo de varios meses al gobierno mexicano la evidencia científica que justificara la restricción a la importación de maíz transgénico, sin obtener la información requerida. Incluso, la secretaria de Economía, Raquel Buenrostro, declaró en febrero del año pasado luego de una reunión virtual con la embajadora Katherine Tai, titular del USTR, que el decreto no causaba ningún daño comercial a Estados Unidos y que la postura de México no habría de cambiar.

México importa dos terceras partes del maíz que consume y desde hace más de una década, Estados Unidos es nuestro principal proveedor. Por su parte, el maíz es el principal producto agrícola de exportación de los Estados Unidos y desde hace tres años, México es el principal comprador de maíz estadounidense, luego de las medidas tomadas por el gobierno de Biden para reducir el comercio con China. En buena parte por el aumento del precio del maíz -y de muchos otros productos agrícolas a partir de la pandemia del Covid- las compras mexicanas de maíz a Estados Unidos en los últimos dos años han sido récords históricos en el comercio bilateral entre ambos países.

La semana pasada, el secretariado del TMEC publicó el documento presentado por México ante el panel del maíz. México argumenta que el decreto es más que sólo una medida sanitaria o fitosanitaria, que busca preservar la producción de maíz indígena en el país, así como la salud de los mexicanos que comemos tortillas, por lo que no puede juzgarse con los parámetros que establece el tratado y cita dos excepciones amparadas por el capítulo 32 del tratado: la necesidad de proteger la moral pública y los recursos naturales que pueden agotarse. Además, invoca la necesidad de proteger a los pueblos indígenas que siembran y cultivan el maíz en territorio mexicano.

La defensa mexicana se basa en dos de las diez excepciones establecidas en el artículo 20 del Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles (GATT), aprobado en 1994, y que es parte de los acuerdos que dieron vida a la Organización Mundial del Comercio (OMC). Este mismo artículo fue la base del argumento de Donald Trump para justificar el aumento del 25% a los aranceles del acero y del aluminio y que eventualmente generaron siete casos en contra de Estados Unidos que siguen pendientes en la OMC.

Hay que considerar que el espíritu del artículo 20 del GATT es identificar las causas que pueden justificar que un país no cumpla con sus obligaciones comerciales internacionales en caso de que su seguridad o integridad nacional estén amenazadas. Por ello fue que el primer ministro de Canadá, Justin Trudeau, le pidió a Trump una explicación de la manera en que el acero canadiense representaba una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos, cuando la industria acerera de Canadá produce básicamente de acuerdo a los requerimientos de la industria estadounidense.

Aunque México trata de justificar la discriminación en contra del maíz transgénico importado de Estados Unidos en base a las excepciones del GATT, hay una larga lista de casos internacionales donde se han utilizado las dos excepciones invocadas por la defensa mexicana, y no hay garantía de que sean efectivas. Por ejemplo, la excepción de los recursos naturales agotables requiere de políticas públicas vigentes que reduzcan su consumo. Será muy importante la audiencia programada para la última semana de junio, donde organismos privados presentarán su postura, criticarán la de los países involucrados y donde pueden surgir nuevos argumentos.

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